Referéndum independentista en Cataluña

La primera sentencia contra la cesión del padrón para la consulta servirá para bloquear los datos de otros municipios

La decisión de un juzgado de Barcelona de anular el acuerdo del ayuntamiento de Cabrils puede aplicarse a cualquier institución

Fachada del ayuntamiento de Cabrils.
Fachada del ayuntamiento de Cabrils.

Con el objetivo de ir elaborando un censo “paralelo” al legal para celebrar el referéndum del 9 de noviembre, algunos ayuntamientos de Cataluña han mostrado su disposición a ceder a la Generalitat los datos personales de los padrones municipales. Frente a estos acuerdos aprobados en los plenos se “rebeló” un vecino de Cabrils, que llevó a los tribunales a su consistorio.

Alejandro Rusiñol presentó ante los Juzgados Contencioso-Administrativos de Barcelona un recurso de protección de sus derechos fundamentales, que entendió que habían sido vulnerados por la decisión de la mayoría de los concejales de Cabrils (Barcelona) de ceder al gobierno catalán sus datos personales.

Tal y como explica Rusiñol a El Confidencial Autonómico, las primeras decisiones que tomó la titular del Juzgado Contencioso-Administrativo Número 2 de Barcelona en forma de autos fueron, en primer lugar, suspender cautelarmente el acuerdo municipal, para luego levantar esa suspensión general y aplicarla sólo a los datos del denunciante.

Ese levantamiento de la suspensión de la decisión de ceder los datos fue “exhibido” por los partidos nacionalistas de Cabrils -donde gobierno CiU- como una victoria y como un espaldarazo a la convocatoria de la consulta, sobre todo por ciertas expresiones utilizadas por la juez, quien por cierto había sido en el pasado letrada de la Generalitat.

Sin embargo, meses después ha llegado la sentencia y ha supuesto un duro revés a este proceso de cesión de los padrones para organizar el referéndum independentista: “El Acuerdo recurrido, en tanto que comporta la obligación del Consistorio de ceder los datos del padrón a la Generalitat en cuanto ésta se los pida para la celebración de la consulta anunciada sin que esa posibilidad venga prevista en una norma con rango de ley, vulnera el derecho de los vecinos del municipio a la protección de datos y, en consecuencia, es un acto nulo de pleno derecho”, afirma la jueza en el fallo. Es decir, vulnera no sólo los derechos del recurrente, sino los de todos los vecinos del pueblo.

La sentencia se puede aplicar en otros municipios

En conversación con ECA, Alejandro Rusiñol celebra que la justicia haya aceptado su argumentos y destaca la trascendencia de esta sentencia, que aunque la otra parte -el ayuntamiento- la recurra al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, calcula que el fallo no llegaría antes del 9 de noviembre.

“Esta sentencia es ejecutiva desde el momento en que se ha dictado, por lo tanto el acuerdo del ayuntamiento de Cabrils para ceder el padrón ya es nulo. Y esta sentencia se puede aplicar a los casos de otros ayuntamientos que hayan tomado la misma decisión, ya que es un acto común”, explica Rusiñol, que además es jurista.

Es decir, según explica, cualquier otro catalán puede utilizar esta sentencia para conseguir anular la cesión de sus datos personales por parte del ayuntamiento de su municipio, o por parte de cualquier otra administración que no tenga -como no tenía el consistorio de Cabrils, según la sentencia- potestad de ceder los datos sin una ley orgánica (que se aprueban en las Cortes Generales) que lo ordene para convocar un referéndum que no está recogido en el ordenamiento jurídico.

Anima a otros catalanes a denunciar a sus ayuntamientos

“Lo que más les duele a los partidos independentistas es que esto lo haya conseguido un ciudadano individual, y además catalán”, afirma Rusiñol, que muestra su convencimiento de que, más allá de que el Tribunal Constitucional anule o no la hipotética convocatoria del referéndum por parte de Artur Mas, esta sentencia puede desmontar la consulta sobre la independencia de Cataluña.

Y es que el plan primigenio del gobierno de CiU era elaborar un censo -visto que el Estado no le iba a ceder el oficial- a partir de los padrones de los ayuntamientos. Si se abre paso el bloqueo judicial a esta cesión de los padrones, la consulta sería inviable, argumenta el vecino de Cabrils que inició esta batalla jurídica. Aunque lo curioso es que la agencia catalana de protección de datos aseguró que el Idescat (instituto de estadística catalán) ya dispone del nombre, apellidos... de todos los catalanes.

 

Por eso Alejandro Rusiñol anima a otros catalanes a seguir su ejemplo e impugnar los acuerdos de los plenos de sus ayuntamientos que hayan aprobado ceder los padrones, como es el caso por ejemplo de Barcelona. “Antes de la sentencia ya recibí consultas de otros catalanes, y ahora con esta sentencia se animarán otros”, afirma, y también declara que él está dispuesto a ayudar a cualquiera que decida emprender la vía judicial para reclamar la protección de sus derechos fundamentales e ir tumbando, según sus previsiones, los acuerdos para poner los padrones al servicio de Mas para organizar el referéndum.

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