Las sanciones a las que se enfrenta el hijo de Tejero por celebrar el 23-F: expulsión de la Guardia Civil, suspensión de empleo y sueldo

Las “manifestaciones contrarias al ordenamiento constitucional o al Rey y a las instituciones” constituyen una falta muy grave en el régimen disciplinario

El director de la Guardia General, Arsenio Fernández de Mesa, en el cuartel de Valdemoro.
El director de la Guardia Civil, Arsenio Fernández de Mesa, en el cuartel de Valdemoro.

El cuartel de la Guardia Civil de Valdemoro acogió en febrero una comida de “conmemoración” del intento de golpe de Estado del 23-F de 1981, con el hijo del teniente coronel Antonio Tejero como anfitrión. Antonio Tejero Díez ya ha sido cesado de su cargo como jefe del Grupo de Reserva y Seguridad número 1 de Madrid, pero las asociaciones de guardias civiles exigen que se le abra un expediente.

Según se conoció hace unos días, Antonio Tejero Díez (hijo del teniente coronel que asaltó el Congreso en 1981) organizó una paellada el pasado 18 de febrero para conmemorar el 33 aniversario de la fallida intentona golpista. A la comida acudieron varios implicados en el golpe, como el propio teniente coronel Antonio Tejero Molina.

La respuesta del Ministerio del Interior fue destituir a Tejero hijo de su cargo. Sin embargo, las asociaciones de guardias civiles han pedido ir más allá, y abrir un expediente a todos los miembros de la Benemérita en activo que participaron en esta celebración.

Atentados contra la dignidad de las instituciones del Estado

Desde el servicio jurídico de la Asociación Unificada de Guardias Civiles aseguran a El Confidencial Autonómico que si las consecuencias se quedan simplemente en que Antonio Tejero Díez pierde su cargo y, finalmente, es destinado a otro puesto, “la sanción sería muy suave” si se demuestra que esa comida fue una conmemoración del golpe de Estado del 23-F.

Lo que la AUGC exige es que se abra una investigación para averiguar qué ocurrió realmente en esa comida y qué agentes de la Guardia Civil en activo participaron en esos hechos.

En el caso de que se confirmara que la paellada fue un acto de exaltación del golpe fracasado, desde esta asociación de guardias civiles señalan que los hechos podrían constituir una falta grave o muy grave, según el artículo que se considere.

La ley del régimen disciplinario de la Guardia Civil establece como falta grave -en su artículo 8.1- “la comisión de actos que atenten a la dignidad de las instituciones o poderes del Estado, de las Comunidades Autónomas o Administraciones Locales, a las personas o autoridades que los encarnan o a sus símbolos; así como la observancia de conductas gravemente contrarias a la dignidad de la Guardia Civil”.

En este caso, a Tejero y a otros guardias civiles que hubieran participado se les podrían aplicar tres sanciones: suspensión de empleo de un mes a tres meses (lo que acarrea suspensión de sueldo); pérdida de cinco a veinte días de haberes con suspensión de funciones; y pérdida de destino -que es la decisión que ha tomado Interior sin abrir expediente.

Separación del servicio o suspensión de empleo y sueldo

Sin embargo, el departamento jurídico de la AUGC apunta a que los hechos pueden llegar a ser constitutivos de una falta muy grave, ya que el artículo 7.1 de régimen disciplinario contempla “el incumplimiento del deber de fidelidad a la Constitución en el ejercicio de sus funciones y la realización de actos irrespetuosos o la emisión pública de expresiones o manifestaciones contrarias al ordenamiento constitucional o al Rey y a las demás instituciones por ella reconocidas”.

Un expediente disciplinario que considerara probadas estas imputaciones acarrearía a los guardias civiles implicados en la comida de conmemoración del 23-F sanciones más duras. Éstas irían desde la separación del servicio, es decir, la expulsión del cuerpo de la Guardia Civil, hasta la pérdida de puestos en el escalafón y la suspensión de empleo (con la consiguiente pérdida de sueldo), que podría ir desde los tres meses hasta los seis años.

 

Además del hecho de exaltar un intento de golpe de Estado como el de 1981, las informaciones que se han conocido apuntan a que Antonio Tejero Díez utilizó a agentes bajo su mando para hacer de camareros en su comida conmemorativa. Estos hechos podrían encuadrarse en el artículo 8.4: “Ordenar a los subordinados la ejecución de prestaciones de tipo personal ajenas al servicio”, lo que se considera una falta grave.

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