Tras la denuncia de un vecino de Mataró

Un fiscal se opuso a actuar contra el 9-N para no provocar alteraciones del orden público

Para el representante del Ministerio Público, había riesgo de que las consecuencias fueran “más graves y potencialmente peligrosas” que las de la consulta

El fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, en una reunión con Artur Mas.
El fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, en una reunión con Artur Mas.

El pasado 9 de noviembre, algunos catalanes presentaron denuncias ante los juzgados de guardia para avisar de que se estaba incumpliendo la resolución del Tribunal Constitucional que suspendió la consulta sobre la independencia impulsada por Artur Mas. Todas las resoluciones rechazaron tomar medidas cautelares como cerrar los locales o retirar las urnas.

El Confidencial Autonómico ya contó el mismo domingo 9 que desde la sectorial de juristas de Societat Civil Catalana se había elaborado un modelo de denuncia que varios ciudadanos utilizaron para denunciar la consulta en los juzgados de guardia de sus municipios.

En el texto, catalanes contrarios a la votación organizada por el gobierno de Artur Mas ponían en conocimiento de la justicia que en su localidad se estaban utilizando centros públicos de enseñanza “para la realización de un acto que ha sido suspendido por el Tribunal Constitucional”, lo que podría suponer un delito de desobediencia y de prevaricación en caso de funcionarios y cargos públicos.

ECA ha tenido acceso al auto de respuesta de una juez de guardia de Mataró en respuesta a la denuncia de un vecino de este municipio de la provincia de Barcelona. Como se puede ver más abajo, la juez de guardia del juzgado de instrucción número 3 de Mataró denegó las medidas cautelares solicitadas por el denunciante, que incluían identificar los edificios públicos de Mataró donde se habían instalado urnas y hacer lo necesario para que cesara la vulneración de la suspensión decidida por el Tribunal Constitucional.

Riesgo de alteraciones del orden público

Más allá de la decisión de la juez de guardia de rechazar la petición de tomar medidas contra el “proceso de participación ciudadana”, como la llamó Artur Mas, que se estaba celebrando en Mataró y en toda Cataluña, en este caso concreto destaca también la posición de la fiscalía.

Tal y como ha podido comprobar El Confidencial Autonómico, el Ministerio Fiscal también se opuso a adoptar las medidas cautelares solicitadas por este catalán de Mataró. El motivo principal que esgrimió el fiscal en este caso para rechazar actuar ese mismo día contra la celebración de la consulta del 9-N fue “el riesgo de que se puedan generar alteraciones de orden público”.

Es decir, el representante del Ministerio Público temía que tomar medidas cautelares contra la organización de la votación mientras se estaba llevando a cabo -como identificar los edificios públicos, o incluso cerrarlos y retirar las urnas para frenar la consulta- podrían provocar una reacción violenta contra las fuerzas de seguridad por parte de algunos de los vecinos de Mataró que estaba yendo a votar sobre la independencia de Cataluña.

El fiscal precisaba que estas alteraciones de orden público “podrían acabar siendo más graves y potencialmente peligrosas que las que con dicha actuación pretendidamente se iban [a] evitar”, una consideración que para él “no puede ser orillada desde el punto de vista de la motivación y la proporcionalidad requeridas para cualquier medida cautelar”.

Este argumento de la fiscalía fue totalmente compartido por la juez de instrucción número 3 de Mataró en su auto. Para la magistrada, las medidas cautelares solicitadas por el denunciante eran “desproporcionadas” y no se ajustaban a la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Pero, además, existía un “riesgo injustificado de generar desórdenes públicos determinantes, que pueden ser más graves y potencialmente peligrosos que la finalidad pretendida por el interesado”.

La juez también señala que uno de los motivos que le lleva a rechazar actuar ese mismo 9 de noviembre es que no aprecia “situación de riesgo objetivo para la vida e integridad del solicitante que fundamente la adopción de la medida”.

 

Desobediencia, prevaricación y malversación

Mientras tanto, la Fiscalía General del Estado y la Fiscalía Superior de Cataluña aún estaban al menos el viernes 14 de noviembre, sopesando si presentaba o no una querella contra Artur Mas y algunos consejeros de su gobierno por delitos cometidos al organizar la consulta independentista.

Cabe recordar, como ya indicó El Confidencial Autonómico, que un juez de Barcelona respondió a la querella presentada por UPyD y dos concejales del PP y de Palataforma x Catalunya apuntando que las responsabilidades penales de Mas, de la consejera de Educación Irene Rigau y del consejero de Interior Ramón Espadaler podían incluir desobediencia a la autoridad judicial por parte de funcionario administrativo, prevaricación y malversación de caudales públicos, aunque tendría que ser el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña -por ser los tres aforados- quien tendría que determinar si los tres políticos habían cometido esos delitos.

Vea a continuación el auto de la juez de instrucción número 3 de Mataró:






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